osasuna eta gaixotasunak / afecciones a la salud

Cada vez más se estan reconociendo las consecuencias en la salud de la contaminación electromagnetica.

NOTICIA QUE APARECE EN EL PERIODICO

Un juez reconoce la incapacidad de una trabajadora por síndrome de hipersensibilidad a los móvilesLa mujer recibirá una pensión equivalente a la totalidad de su retribución
La afectada sufre además fatiga crónica, celiaquía y fibromialgia

El Juzgado de lo Social número 24 de Madrid ha declarado la incapacidad permanente y absoluta de una trabajadora de la Facultad de Económicas de la Universidad Complutense de Madrid derivada del síndrome que padece de fatiga crónica y de hipersensibilidad electromagnética y ambiental –por exposición a ondas como las que utilizan los teléfonos móviles–.

La resolución, que ha dictado el juez sustituto Juan Manuel Carrillo Sanz, ha establecido que esta mujer, que trabajaba como auxiliar de servicios en la universidad desde 1989, será beneficiaria de una pensión equivalente al cien por cien de la base reguladora de 1.640,80 euros.

Esta sentencia pionera, a la que ha tenido acceso Europa Press, reconoce que las dolencias sufridas por esta mujer, que le fueron diagnosticadas el pasado año, la incapacitan para realizar su labor profesional en la universidad.

Desempeño de sus tareas habituales
El equipo de valoración de incapacidades le diagnosticó síndrome de fatiga crónica, enfermedad celíaca, fibromialgia y síndrome de hipersensibilidad electromagnética y ambiental. Pese a ello, los médicos no propusieron a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Madrid su incapacidad permanente, al considerar que la paciente no presentaba reducciones anatómicas o funcionales que disminuyeran o anularan su capacidad laboral.

La trabajadora recurrió a la Justicia, y tras un juicio celebrado el pasado 23 de mayo el juez le ha dado la razón al considerar que «la clínica probada es de entidad suficiente» para impedirle el desempeño de sus tareas habituales como auxiliar de servicio «con adecuado nivel de profesionalidad y rendimiento». Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

erio

Etiquetado .Enlace para bookmark : Enlace permanente.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.